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Promueven amparos contra gasolinazo

HERMOSILLO, Son., 19 de Enero de 2017.- El presidente de la Barra Sonorense de Abogados promueve amparos y que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos plantee a la Suprema Corte de Justicia de la Nación la acción de inconstitucionalidad del “gasolinazo” en México.

El presidente de la agrupación, Jorge Antonio Villa Miranda, describió al medio hermosillense Dossier Político dos acciones jurídicas inmediatas: es poner a disposición de la ciudadanía, gratuitamente, el modelo de demanda de amparo; y solicitar a la Comisión Nacional de Derechos Humanos que ejerza la facultad de plantear la acción de inconstitucionalidad a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Destacó que este documento, que puede obtenerse e imprimirse de la página electrónica www.barrasonorense.com o en el Facebook, Barra Sonorense de Abogados, fue elaborada por integrantes de este colegio.

Apuntó que desde el anuncio de alza a combustibles, surgió el proyecto de demanda con el análisis de la reforma origen del aumento, donde se planteó la urgencia de trabajar a favor de la sociedad sonorense y mexicana en general. El documento está a disposición de cualquier ciudadano en un formato práctico y sencillo para facilitar el llenado de la demanda y la integración de la misma que deberá estar acompañada de una factura de consumo de gasolina, la tarjeta de circulación y una identificación oficial del interesado.

Integrados estos documentos, cualquier ciudadano podrá presentarlo en el Juzgado Federal más cercano a su domicilio en cualquier estado del país; este jueves en Hermosillo el Juzgado Primero de Distrito admitió para su trámite la primera demanda de amparo promovida, de manera gratuita, por la Barra Sonorense de Abogados.

Respecto a la solicitud de inconstitucionalidad a la CNDH, Villa Miranda indicó que se acordó solicitar al presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos que ejerza la facultad de plantear la acción de inconstitucionalidad en contra de estos actos de autoridad, por vulnerar derechos humanos previstos en nuestra Constitución Federal y en convenios internacionales de los que nuestro país forma parte.

En el Tercer Párrafo del Artículo 28 constitucional se establece que el Gobierno fije precios a determinados artículos, materias y productos que han sido considerados como de consumo necesario popular, así como que imponga modalidades a la organización de la distribución de los mismos, teniendo por objeto evitar el desabasto o el alza de precios en perjuicio de la sociedad.

La ley protegerá a los consumidores y propiciará su organización para el mejor cuidado de sus intereses.