HERMOSILLO, Son., 1 de Julio de 2015.- El Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, realizó en sesión extraordinaria la asignación de las doce diputaciones de representación proporcional para integrar la LXI Legislatura del Congreso Local correspondiente al período 2015 – 2018.
Luego de haber recibido los resultados de los cómputos oficiales de parte de los 21 consejos distritales electorales, se procedió a realizar las operaciones establecidas en los artículos 261 al 264 de la Ley electoral local.
Del resultado obtenido, se asignó un diputado de manera directa a cada partido político que obtuvo el 3% o más del total de la votación estatal válida emitida para la elección de diputados por mayoría relativa.
El resto de las diputaciones, denominadas comúnmente plurinominales, se asignaron aplicando una fórmula de proporcionalidad pura, integrada por los siguientes elementos: Cociente natural y Resto mayor.
El cociente natural es el resultado de dividir la votación estatal válida emitida entre los diputados de representación proporcional a asignar. El resto mayor, es el remanente más alto entre los restos de las votaciones de cada partido político, una vez hecha la distribución de curules mediante el cociente natural.
De esta forma, al realizar las operaciones matemáticas necesarias, éstas arrojaron las siguientes cantidades por partido político con derecho:
PARTIDO | DIPUTACIONES POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA | DIPUTACIONES POR REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL | TOTAL | ||
Mecanismo de asignación directa | Mecanismo de Cociente Natural | Mecanismo de resto mayor | |||
PRI | 13 | 1 | 1 | 0 | 15 |
PAN | 8 | 1 | 2 | 1 | 12 |
PNA | 0 | 1 | 0 | 1 | 2 |
MC | 0 | 1 | 0 | 1 | 2 |
PRD | 0 | 1 | 0 | 0 | 1 |
MORENA | 0 | 1 | 0 | 0 | 1 |
El Consejo General consideró que, en principio, para la asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional se debe respetar el orden de prelación de las listas registradas por los partidos políticos, no obstante, al resultar necesario para alcanzar el fin perseguido con la aplicación de la medida afirmativa en cuestión de género, dicho orden fue modificado por este Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana en uno de los partidos.
En ese sentido, mediante esta asignación se observaba un total de 7 diputados del género masculino y 5 del género femenino, por lo que era evidente que no se lograba el número de mujeres necesarias para alcanzar la integración paritaria del Congreso local, dado que únicamente a 5 mujeres se les asignaría una diputación (y por lo menos deben ser seis mujeres). En consecuencia, el Consejo General procedió a aplicar la acción afirmativa de género a efecto de alcanzar la integración paritaria, en armonía con los derechos de auto organización de los partidos.
En el caso del PRD se requirió hacer un ajuste a su lista presentada, en virtud de que, para lograr la paridad y alternancia de género, y por contar con una posición para asignar, se debe de privilegiar la participación de la primera mujer de la lista propuesta por el partido político, ya que si se propusiera un varón, se estarían asignando dos varones seguidos en el orden de prelación de los partidos, lo cual rompería con el principio de alternancia.
Por lo anterior expuesto, que la integración del Congreso del Estado de Sonora, en lo relativo a las asignaciones de diputados y diputadas bajo el principio de representación proporcional, aplicando la medida afirmativa en los términos mencionados, quedó de la siguiente manera:
Partido | Posiciones en la lista que presentaron los partidos | Género | Requiere Ajuste de la lista |
| M | Propietario: ANGELICA MARIA PAYAN GARCIA Suplente: IRAZEMA VASQUEZ RUIZ | |
PAN | 1, 2, 3 y 4 | H | Propietario: MOISES GOMEZ REYNA Suplente: JESUS RAMON DIAZ BELTRAN |
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| M | Propietario: LISETTE LOPEZ GODINEZ Suplente: MINERVA ALICIA MAYBOCA RAMIREZ. |
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| H | Propietario: LUIS GERARDO SERRATO CASTELL Suplente: HIRAM ALCAZAR LACARRA |
PRI | 1 y 2 | M | Propietario: NATALIA RIVERA GRIJALVA |
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| H | Propietario: JESUS EPIFANIO SALIDO PAVLOVICH Suplente: JUAN ANGEL CASTILLO TARAZON |
PRD | 2 | M | Propietario: MYRNA LORENA LEYVA PEREZ Suplente: ANA SOFIA MENDEZ NORIEGA |
MC | 1 y 2 | H | Propietario: CARLOS ALBERTO LEON GARCIA |
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| M | Propietario: GABRIELA DANITZA FELIX BOJORQUEZ |
PNA | 1 y 2 | H | Propietario: FERMIN TRUJILLO FUENTES |
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| M | Propietario: TERESA MARIA OLIVARES OCHOA |
MORENA | 1 | H | Propietario: JOSE ANGEL ROCHIN LOPEZ |
En virtud de lo anterior, el Consejo General instruyó a la Presidencia de este Instituto para que informe al Honorable Congreso del Estado de Sonora sobre el otorgamiento de las constancias y asignación de diputados por ambos principios: de mayoría relativa y de representación proporcional.