Ordenan a la FGR informar sobre accidente donde murieron 53 migrantes

+ El INAI resuelve que deben informar sobre el número de carpeta de investigación; exige evitar la repetición de este tipo de siniestros

CD. DE MÉXICO, 7 de noviembre de 2022.- La Fiscalía General de la República (FGR) debe dar a conocer el número de la carpeta de investigación iniciada por el accidente de la volcadura de un tráiler en el kilómetro 6 de la carretera Tuxtla Gutiérrez-Chiapa de Corzo, Chiapas, el 9 de diciembre de 2021, en el que perdieron la vida 53 personas migrantes, resolvió el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Además, deberá asumir competencia e informar, en el supuesto de que el caso se haya judicializado, el número de la causa penal y el juzgado donde se radicó el expediente, así como la fecha de la sentencia, si ya se hubiese emitido.

“Este asunto es un claro ejemplo de que las personas migrantes constituyen, efectivamente, un grupo en situación de vulnerabilidad, pues presentan mayores riesgos para su seguridad y su dignidad humana”, afirmó la Comisionada Presidenta del INAI, Blanca Lilia Ibarra Cadena, al presentar el proyecto de resolución ante el Pleno.

La Organización de las Naciones Unidas (ONU) reconoce que la migración es un fenómeno histórico en la región que ha crecido sistemáticamente en las últimas décadas; en México y Centroamérica, se estima que la población actual de personas migrantes es de 2.3 millones.

Ibarra Cadena dijo que el desplazamiento de las personas conlleva graves riesgos para su integridad y seguridad. En ese contexto, consideró apremiante conocer información sobre el accidente ocurrido en Chiapas, que cobró la vida de más de medio centenar de personas.

El INAI reconoce que debe velar porque las personas recurrentes y la sociedad mexicana, en general, puedan allegarse de información sobre el caso porque se trata del derecho a la justicia y a la verdad, y de conocer la eficacia del actuar gubernamental, lo que habilita la exigencia a las autoridades de que se generen las condiciones necesarias para que este tipo de siniestros no vuelva a suceder”, planteó la Comisionada Presidenta.

En respuesta, la FGR indicó que inició la carpeta de investigación el 10 de diciembre de 2021; sin embargo, reservó el número de la carpeta de investigación y cualquier otro dato contenido en ésta, de conformidad con el artículo 110, de la Ley Federal de Transparencia.

Respecto a la información relacionada con causas penales, juzgados y sentencias, se declaró incompetente y sugirió dirigir la solicitud al Poder Judicial de la Federación, a través del Consejo de la Judicatura Federal.

En el análisis del caso, se determinó que la clasificación del número de carpeta de investigación es improcedente, pues es consecutivo e identifica a un expediente en particular, el cual no da cuenta de alguna actuación o diligencia del Ministerio Público de la Federación dentro de la investigación y persecución de los delitos.

Se constató que, contrario a lo manifestado inicialmente, la FGR sí es competente y cuenta en sus archivos con el número de causa penal y juzgado donde radican averiguaciones previas judicializadas.

Por lo anterior, el Pleno del INAI determinó modificar la respuesta de la FGR, a fin de que entregue el número de la carpeta de investigación del caso y asuma competencia para informar el número de la causa penal y el juzgado donde se radicó el expediente, así como la fecha de la sentencia, si ya se hubiese emitido.

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