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Aprueba Senado en lo general Ley de Ingresos

México, D.F., 31 de Octubre 2013.- El Pleno del Senado aprobó en lo general la Ley de Ingresos, que prevé ingresos por 4 billones 467 mil 225.8 millones de pesos, con 71 votos a favor, 45 en contra y dos abstenciones.

De dichos recursos, 2 billones 709 mil 961.1 millones  de pesos corresponden a los ingresos del gobierno federal; de ellos 1 billón 770 mil 163 provendrán de impuestos, los cuales se dividen en:

Impuesto Sobre la Renta (ISR) 1 billón 6 mil 376.9 millones de pesos;  Sobre la Producción, Consumo y Transacciones 750 mil 537.4 millones de pesos; Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS) 134 mil 441.6 millones de pesos; Alimentos con Bajo Valor Nutricional y Alta Densidad Calórica  5 mil 600 millones de pesos.

La recaudación federal participable se  prevé en 2 billones 292 mil 615 millones de pesos, en beneficio de las entidades federativas y los municipios.

Por otra parte, la estimación de tipo de cambio, acorde a adecuaciones realizadas por la Cámara de Diputados, se ajustó de 12.6 a 12.9 pesos por dólar y el precio de petróleo de 81 a 85 dólares por barril.

En el documento se propone que en el tercer trimestre del año se realice una revisión de la renta petrolera  por parte de las secretarías de Energía y Hacienda, utilizando parte de los recursos acumulados en el Fondo Sectorial CONACYT-Secretaría de Energía-Hidrocarburos, “a fin de valorar la posibilidad de disponer de recursos hasta por un monto de 3 mil millones de pesos,  con la finalidad de destinarlos para el financiamiento únicamente otros proyectos dentro del presupuesto del Ramo 38 Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, que preferentemente se vinculen a los objetivos del programa del sector energético”.

En la recaudación por derechos de hidrocarburos para el fondo de estabilización, plantea  se destinen en primera instancia, 10 mil millones de pesos a lo establecido en las leyes de Derechos y de Presupuesto, sin embargo hace un ajuste para incrementar a 90 mil 825.2 millones de pesos el financiamiento de programas y proyectos de inversión aprobados en el Presupuesto de Egresos.

En  cuanto a endeudamiento neto interno, autoriza incrementar el techo hasta por 570 mil millones de pesos;  así como un monto de endeudamiento neto externo por 10 mil millones de pesos y de 10 mil millones de dólares.

Tal endeudamiento se ejercería para la contratación de financiamientos con organismos internacionales, manteniéndose la flexibilidad con que cuenta en el Ejecutivo en el manejo de la deuda pública que le permite contratar obligaciones externas, con organismos internacionales, instituciones financieras y mercados de valores; o internas por encima de los techos autorizados por cada tipo, pero manteniendo el endeudamiento global.

Paralelamente, se establece un déficit por intermediación financiera de la banca de desarrollo, Financiera Rural, fondos de fomento y del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Fonacot),  por 62 mil 510 millones de pesos.

Por otra parte, se estipula que la SHCP deberá informar al Congreso de la Unión sobre el avance del programa anual de financiamiento a más tardar el 30 de junio de cada ejercicio, con precisiones en cuanto a los rubros del Gasto de Capital y Financiamiento.

En cuanto al Distrito Federal, se le autoriza un techo de endeudamiento por 4.5 mil millones de pesos, para el financiamiento de obras públicas.

El monto de ingresos por proyectos de infraestructura productiva de largo plazo de inversión de la Comisión Federal de Electricidad asciende a 274 mil 8.8 millones de pesos, así como se autoriza a contratar  proyectos de inversión financiada por 23 mil 160.2 millones de pesos.

Concerniente a los derechos y aprovechamientos por el uso, goce o explotación del espectro radioeléctrico y los servicios vinculados a este, establece que se concentren en la Tesorería de la Federación.

La Administración Pública Federal concentrará los ingresos que se recauden en la Tesorería de la Federación,  entidades sujetas a control directo, los poderes Legislativo y Judicial; así como ingresos excedentes que provengan de los aprovechamientos por desincorporación de entidades paraestatales y por concepto de participaciones de concesionarios de vías generales de comunicación y empresas de abastecimiento de energía y paraestatales.

Concerniente a los ingresos provenientes de la enajenación de bienes, en caso de que al cumplir con lo dispuesto en la Ley General de Víctimas queden recursos restantes, estos se distribuirán en partes iguales al Poder Judicial, Procuraduría General de la República y Secretaría de Salud.

De igual forma se prevé que los ingresos obtenidos conforme al artículo 71 de la Ley General de Víctimas, sean integrados al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral.

En materia de Ley Aduanera, referente al artículo 152, se establece que no se determinarán sanciones por infracciones que no excedan 3 mil 500 unidades de inversión o su equivalente en moneda nacional, al 1º de enero de 2014.

En la reforma fiscal se adicionan estímulos fiscales a quienes adquieran combustibles fósiles, a mineras cuya venta o enajenación sean menores a 50 millones de pesos,

En cuanto a exenciones, quedan libres del impuesto sobre automóviles nuevos las personas físicas o morales que enajenan al público en general o importen automóviles eléctricos o híbridos nuevos y del pago de Derecho de Trámite Aduanero a  quienes importen gas natural.

A partir del 2015 los precios de las gasolinas Magna, Premium y el diesel se ajustarán mensualmente acorde a la inflación, “siempre y cuando los precios internacionales permanezcan estables o disminuyan”.

En otro orden de ideas, se mantiene el artículo 19 propuesto por el Ejecutivo relativo a los excedentes que generen las dependencias, entidades y órganos autónomos, “a efecto de posibilitar su destino a la unidad generadora de los mismos”. En ello están considerados la Comisión Federal de Competencia Económica y el Instituto Federal de Telecomunicaciones.

Por otra parte, se crea el Fondo de Compensación del Régimen de Pequeños Contribuyentes y del Régimen de Intermedios, el cual se destinará a las entidades federativas que, mediante convenio con el Gobierno Federal, colaboren en la incorporación fiscal de los mismos.

En este contexto, se incrementó el período efectivo de compensación de los Repecos de 6 a 10 años, por lo que la tasa en 2014 será de 100%, descenderá 10 puntos porcentuales cada año y en 2024 en adelante quedará  en cero por ciento.