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Si violan derechos, juicio civil a militares

+ Dicta la Corte histórica resolución

          CD. DE MEXICO, 12 de julio de 2011.- Una resolución histórica acaba de emitir la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al determinar que el fuero militar no opera para procesar a militares responsables de violaciones a Derechos Humanos.

Cuando haya estas violaciones, los militares deberán ser juzgados por tribunales civiles, aprobaron por unanimidad de votos, aunque con salvedades de los ministros Salvador Aguirre, Jorge Mario Pardo y Luis María Aguilar, que "los jueces del Estado mexicano deben replicar en casos futuros el criterio de restricción del fuero militar en cumplimiento de la sentencia del caso Radilla y en aplicación del Artículo Primero Constitucional". 

Dicho criterio del establece que "frente a situaciones que vulneren derechos humanos de civiles bajo ninguna circunstancia puede operar la jurisdicción militar".

También que la corte reasumirá la competencia originaria para resolver los casos en los que se presente un conflicto competencial entre tribunales castrenses y federales o del fuero común.

El fallo se dio durante el análisis de la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de la desaparición forzada de Rosendo Radilla, ocurrida en 1974 en Guerrero, y de la cual se responsabilizó al ejército mexicano.

Con la resolución, los ministros reconocieron que la sentencia establece obligaciones para todos los jueces mexicanos, en el estudio de casos futuros que involucren fuero militar y violaciones de derechos humanos.