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Aprueban Ley de estancias infantiles

+ Evitará tragedias como la de ABC

          Palacio Legislativo de San Lázaro a 14 de septiembre de 2011.- El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la ley de estancias infantiles que buscará evitar una tragedia como la ocurrida en la guardería ABC de Hermosillo, al regular la operación y registro de estas, y condicionar su funcionamiento al estricto cumplimiento de las medidas de seguridad.

Con 372 votos a favor, ninguno en contra y dos abstenciones, los diputados de todas las fracciones parlamentarias aprobaron el dictamen que expide la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.

Al respecto, la presidenta de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, Yolanda de la Torre, explicó que el Poder Ejecutivo será el encargado de elaborar, aplicar y evaluar el Programa Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, a través de sus dependencias y organismos.

Para operar el registro nacional de guarderías y de los propietarios de las mismas se creará un Consejo Nacional que se encargará de coordinar los trabajos; el cual estará presidido por la Secretaría de Gobernación e integrado por los titulares de las Secretarías de Desarrollo Social, Educación Pública, Trabajo y Previsión Social, DIF, ISSFAM, IMSS, ISSSTE y CDI. Además de representantes obreros y del sector empresarial ante el IMSS.

 En tanto, la ley hoy aprobada obligará a los prestadores del servicio a atender las necesidades de alimentación, educación y seguridad de los menores.

En tanto, para evitar tragedias como la ocurrida en el año 2009 en la guardería ABC de Hermosillo, Sonora, donde murieron 49 niños a causa de un incendio; las autoridades realizarán visitas de verificación cada seis meses; y de encontrar riesgos para los menores, el centro de atención será suspendido parcial o totalmente.

Exigencia de las medidas de seguridad

Las medidas de seguridad indispensables que exige esta ley, establecen en primera instancia la existencia de salidas de emergencia, rutas de evacuación, extintores, detectores de humo, alarmas y equipo contra incendios, sistemas que serán evaluados cada seis meses por el Consejo.

Sobre las sanciones a los prestadores del servicio de guarderías que no cumplan con dicha ley, se impondrán multas administrativas e incluso la cancelación del registro, de acuerdo a la legislación, cuyo espíritu es salvaguardar a la población infantil de México.

En tanto, los centros de atención y cuidado de los menores sólo podrán ser instalados a una distancia de 500 metros de los establecimientos que pudieran poner en riesgo la seguridad de los niños.

Con el aval de todas las fracciones, el documento establece que si el prestador de este servicio impide la verificación de las instalaciones o modifica la estructura del inmueble sin previo permiso de la autoridad, el centro será acreedor a una multa. En caso de que algún menor pierda la vida, sufra lesiones graves o sea víctima de algún delito sexual, se cancelará el registro.

 Cabe mencionar que el Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil estará integrado por los titulares de las Secretarías de Desarrollo Social, Educación Pública, Trabajo y Previsión Social, DIF, ISSFAM, IMSS, ISSSTE y CDI, además de representantes obreros y del sector empresarial ante el IMSS y será presidido por la Secretaría de Gobernación.

El Ejecutivo deberá coordinarse con los estados, municipios y el Gobierno del Distrito Federal, para verificar el cumplimiento de la ley, firmar convenios con dependencias y entidades y asesorar a las autoridades locales.