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Es ley, el secreto profesional periodístico

HERMOSILLO, Son., 13 de Abril de 2011.- La Ley que Establece el Secreto Profesional Periodístico en Sonora fue aprobada por unanimidad del Pleno en la sesión ordinaria de hoy en el Congreso del Estado.

En la misma sesión se turnaron a comisiones dos iniciativas, una para reformar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por los diputados Raúl Acosta Tapia y Ulises Cristópulos Ríos, a fin de reformar el Artículo 115 para propiciar el fortalecimiento del Municipio mediante una acción legislativa que siente las condiciones para brindarle impulso cuando dejan de recibir recursos.

La otra fue presentada por los grupos parlamentarios del Partido Revolucionario Institucional, el Partido Nueva Alianza y el Partido Verde Ecologista México, con el objeto de que este Poder envíe un exhorto al titular del Ejecutivo en el Estado para que propicie una mesa de trabajo entre autoridades estatales y federales relacionadas con el sector pesquero, y se proponga una solución a la problemática relacionada con la falta de permisos de pesca de los trabajadores del mar.

El dictamen con proyecto de Ley que Establece el Secreto Profesional Periodístico elaborado por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales fue presentado al Pleno por el autor de la propuesta, Cuauhtémoc Galindo Delgado, quien destacó se busca no sólo proteger a las fuentes sino que reconoce el derecho del periodista a no revelar toda la información.

“El objetivo del secreto profesional del periodista está orientado a facultar a éste para proteger sus fuentes y de esta manera evitar ser obligado a revelar datos confidenciales, manteniendo e incrementando la confiabilidad de sus fuentes y la precisión de los hechos narrados por éstas”, expresó.

El dictamen destaca debe entenderse por secreto profesional periodístico el derecho jurídico y el deber ético que deben tener el periodista y el colaborador periodístico de mantener el secreto de identidad de las fuentes que le hayan facilitado información bajo condición, expresa o tácita, de reserva.

La creación de esta norma jurídica tiene dos objetivos o vertientes fundamentales, la primera, garantizar en el Estado el derecho de todo periodista a mantener en el anonimato sus fuentes de información, agrega, y la segunda, concretar una acción legislativa que tienda a constituirse en una forma de combatir la inseguridad por la que atraviesan quienes se dedican a tan importante labor.

“El marco de protección que se busca incluir con la aprobación de la iniciativa de ley en estudio es el resultado de la necesidad de ofrecer procedimientos que, por una parte, tutelen el derecho a la reserva informativa de los orígenes de datos con los que los periodistas generan sus notas e información y, por otra, la sanción a cualquier transgresión al derecho a la secrecía periodística”, señala.

El dictamen aclara que esta protección a la función de los periodistas, reporteros e investigadores, pertenecientes a los diversos medios de comunicación en la entidad, también constituye un mecanismo de protección frente a notas editoriales o periodísticas que se publiquen acerca de servidores públicos, ya que estarán exentos de revelar sus fuentes de información para así fortalecer su labor social, debido a que los órganos informativos constituyen observadores independientes y su labor no debe ser coartada ni limitada por el actuar de las autoridades.