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Aprueba CEE dictámenes para fiscalizar partidos

HERMOSILLO, Son., 29 de junio de 2011.- El Pleno del Consejo Estatal Electoral aprobó proyectos de resolución sobre los dictámenes de la Comisión Ordinaria de Fiscalización en relación con los informes de precampaña electoral de ayuntamientos menores a cien mil habitantes, ayuntamientos mayores a cien mil habitantes y de diputados por el principio de mayoría relativa del proceso electoral 2008-2009.

Luego de la revisión de los informes, la Comisión de Fiscalización advirtió la existencia de irregularidades en los informes de ayuntamientos menores y mayores de cien mil habitantes, otorgando a los partidos políticos observados, un plazo de diez días contados a partir de la notificación para que presentaran aclaraciones o rectificaciones que estimaran pertinentes en los términos de la fracción II del artículo 37 del Código Electoral para el Estado de Sonora.

De acuerdo con el artículo 368 del Código en mención, la autoridad electoral debe respetar la garantía de audiencia y otorgarle la oportunidad de que, los partidos políticos, manifiesten lo que a sus intereses convenga y presenten la documentación con la que acrediten haber solventado cada una de las irregularidades detectadas.

En el caso de los informes de precampaña electoral de ayuntamientos menores a cien mil habitantes, el Partido de la Revolución Democrática solventó la observación realizada, cumpliendo con las obligaciones legales y reglamentarias relativas al proceso electoral 2008-2009.

Por otra parte, en los informes de precampaña electoral de ayuntamientos mayores a cien mil habitantes, los partidos de la Revolución Democrática y del Trabajo solventaron las observaciones realizadas.

En los informes de precampaña electoral de Diputados por el Principio de Mayoría Relativa en el proceso electoral 2008-2009, los partidos políticos: Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática y del Trabajo cumplieron con las referidas obligaciones legales y reglamentarias relativas a  la fiscalización, por lo cual no se realizaron observaciones.

En la misma sesión, se aprobó emitir una nueva resolución para cumplimentar la sentencia emitida por el Tribunal Estatal Electoral referente a la solicitud realizada por los comisionados de los partidos olíticos Revolucionario Institucional, Nueva Alianza, de la Revolución Democrática, Convergencia y Verde Ecologista de México, respectivamente, para que deje sin efecto el nombramiento otorgado al C. Víctor Hugo Bobadilla Aguiar.

En ese sentido el CEE considera que la persona designada como Director Ejecutivo de Control Interno y de Fiscalización por la Presidenta del Consejo, reúne el perfil profesional y técnico requerido para el puesto, y sobre todo, el requisito de independencia que se debe mantener respecto de cualquier partido político o entidad política o pública, con el fin de garantizar y preservar una actuación imparcial, autónoma, objetiva e independiente, así como apegada al principio de legalidad.

El CEE considera que los agravios formulados por los Comisionados de los Partidos Políticos carecen de todo sustento y son insuficientes para que este Consejo pueda conceder su solicitud, ello porque la facultad de nombramiento y de remoción del personal técnico del Consejo le corresponde al Presidente del mismo.