CD. DE MEXICO, 18 DE Diciembre de 2011.- .- La organización El Poder del Consumidor (EPC) informó que una corte de California (EU) ordenó a la empresa Coca-Cola incluir en sus etiquetas una advertencia sobre el riesgo para la salud que representan sus bebidas de cola, ya que el colorante (caramelo IV) que utiliza para su fabricación contiene un compuesto (conocido como 4-MEI) que resulta cancerígeno.
La controversia se interpuso a principios de este año en la corte de California y tanto Coca-Cola como asociaciones de alimentos industrializados y refrescos de Estados Unidos rechazaron la acusación que hicieron autoridades sanitarias de ese país y organizaciones de consumidores.
Alejandro Calvillo, director de la organización, destacó la importancia de que el fallo de la corte de California sea conocido por los consumidores de México puesto que éste es el segundo país donde más refrescos se consumen y sobre todo porque la ingesta de Coca-Cola se incrementa en temporada navideña.
EPC explicó que la controversia legal sobre Coca-Cola en la corte de California es a raíz de que en enero de 2011 la Oficina de Asesoría de Riesgos a la Salud Ambiental (OEHHA, por sus siglas en inglés) de ese estado incluyó el 4-MEI en la lista de componentes cancerígenos y solicitó que aquellos productos con más de 16 microgramos contengan una leyenda precautoria.
Una lata de Coca cola de 355 miligramos, según EPC, contiene 130 microgramos de 4-MEI (8 veces más), por lo que la decisión de la OEHHA provocó que organizaciones de empresas privadas como la Liga de Procesadores de Alimentos de California, Asociación Americana de Bebidas, Asociación de Fabricantes de Tiendas Comestibles y Asociación Nacional de Café presentaran una demanda en su contra con el argumento de que enlistó equivocadamente dicho ingrediente y no proporcionó suficiente evidencia de cancerigenocid en estudios de animales.
Pero la corte de California no estuvo de acuerdo con dichos argumentos y falló que la advertencia del 4-MEI está basada en hechos, no en opiniones controversiales, así que según EPC, las leyes de California los productos que contengan más de 16 microgramos del componente deben tener una leyenda que diga: Advertencia: este producto contiene un químico reconocido por el estado de California como causante de cáncer, defectos de nacimiento y otros daños reproductivos.