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PROFECO combate la publicidad engañosa

  CD. DE MEXICO, 16 de febrero de 2012.- La Procuraduría Federal del Consumidor y la Cámara Nacional de la Industria de Productos Cosméticos se comprometieron a unir esfuerzos para establecer mecanismos de colaboración que fortalezcan el derecho a la información de los consumidores.

En el marco de la XXXIV Asamblea General de la Canipec, el Procurador Bernardo Altamirano Rodríguez y Laura Bonilla, presidenta de la Cámara, reafirmaron su interés por realizar acciones conjuntas en beneficio de los consumidores en materia de derecho a la información y combate a la publicidad engañosa.

En este tenor, el Procurador Bernardo Altamirano Rodríguez subrayó que la publicidad engañosa genera prácticas perversas que afectan a un triángulo fundamental: “al consumidor, en cuanto a su derecho a la información; a la competencia, en tanto prácticas desleales; y a los empresarios sociales, pues la publicidad desplaza del mercado a sus productos”.

El Procurador hizo énfasis en que proteger el derecho de la información de los consumidores es un asunto de interés general, por lo que para garantizarlo se requiere el trabajo conjunto del gobierno, la sociedad y organismos intermedios, como la Canipec. Por ello, explicó, se está trabajando una agenda estratégica con diversos actores en la materia, con el objeto de diseñar y poner en marcha mecanismos de corresponsabilidad que promuevan la generación de confianza y la protección de los consumidores.

El titular de la Profeco destacó que además de las acciones legales que emprende la institución, el fenómeno de la publicidad engañosa también se debe enfrentar a través de la comunicación y las redes sociales, razón por la cual, desde el año pasado se incluyó en la Revista del Consumidor una nueva sección dirigida a combatir la publicidad engañosa a través de proveer información a los ciudadanos que les ayude a estar alerta e identificar este tipo de prácticas.

Más adelante, Altamirano Rodríguez destacó que entre las nuevas facultades que tiene la Profeco para el cumplimiento de sus atribuciones destaca la obligatoriedad de los proveedores para entregar la información que se les requiera, sin que puedan oponerse bajo el argumento de que la información es de uso interno.

De la misma manera, agregó, con las reformas a la Ley Federal de Protección al Consumidor aprobadas en diciembre pasado, se aumentó el tope de la multa para casos de publicidad engañosa, considerándola como “caso particularmente grave”, alcanzando hasta 3 millones 457 mil 496 pesos.

Asimismo, se estableció que en caso de reincidencia, la multa ascenderá a 10% de los ingresos brutos anuales del infractor, obtenidos por la comercialización del bien o bienes, productos o servicios sobre los cuales verse la publicidad respectiva.